El ministro de Guindos insta a las entidades bancarias a proceder según aconsejan las “buenas prácticas”. Puesto que, en opinión del ministro, los intereses por mora son excesivos, y además resultaría abusiva la practica del desalojo, cuando además de que la entidad financiera se queda con la propiedad, mantiene la deuda del moroso. Con estos argumentos el ministro ha llamado a las entidades financieras a proceder con buena intención, condonando las deudas a cambio de la entrega de las propiedades y revisando los intereses y multas adquiridos en caso de morosidad.
Todas estas solicitudes parecen razonables en el actual contexto de desempleo y morosidad; y sobretodo, porque la banca ha recibido cuantiosos caudales públicos. Pero, lo que corresponde en este caso no es un llamado a la buena voluntad, ni tampoco la insistencia en un libre acuerdo de las entidades financieras para proceder con buenas prácticas; lo que corresponde es legislar.
Si el gobierno estima que hay injusticia o abuso en este ámbito, entonces procede un cambio en la legislación que regula la materia. Es cierto que los acuerdos de “buena voluntad” son a veces más rápidos; pero al mismo tiempo, no son obligatorios, caen en lo provisional y terminan retrasando la regulación correctiva.