¿Cómo ha sido posible? Pues considerando que la información de las condiciones del contrato es “suficiente y comprensible”. Y así es como el tribunal de Extremadura ha conseguido dictaminar una sentencia favorable para la entidad financiera sin importar que el Supremo haya obligado a BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco a la supresión de las cláusulas suelos de todas sus hipotecas.
Según esta Sala, determina que la cláusula es lícita por no concurrir en la falta de transparencia. Para el tribunal extremeño la cláusula no es oscura y la información aportada es comprensible. Tal y como indica la sentencia, “es una cláusula referida al objeto principal del contrato que no puede calificarse como abusiva por tratarse de una cláusula clara que responde a los parámetros de transparencia”.
Es más, hace especial hincapié que en el 2007 modificaron el tipo de interés ordinario del préstamo para los vencimientos posteriores al 4 de agosto de este mismo año. Con lo que subraya que “precisamente por esto cabe concluir que el prestatario estaba informado del comportamiento previsible del índice de referencia cuando menos a corto plazo”.
Y por muy increíble que nos parezca, la justicia española da así, por primera vez, la razón a una entidad bancaria en relación con las cláusulas suelo a pesar del fallo del Tribunal Supremo.
Imagen: que