Si no teníamos suficiente con quedarnos sin trabajo, el Gobierno ha decidido que también quiere sacar tajada de la indemnización que nos corresponda… A este paso tendremos que estar dando las gracias si nos queda algo cuando nos abandonen a nuestra suerte en cualquiera de las oficinas del INEM.
A partir de 2015, el mínimo exento de tributar en indemnizaciones por despido será de 2.000 euros por año trabajado. Así ha quedado reflejado en el anteproyecto de la reforma fiscal que ya ha confirmado Miguel Ferre, secretario de Estado de Hacienda. Hasta la fecha, toda indemnización por despido ha estado exenta al 100%.
Además, esta magnífica norma se aplicará a los despidos a partir del 20 de junio de 2014. Sí, se trata de una nueva ley con carácter retroactivo. ¡Ver para creer! Imagino que tantas prisas se debe, como han dicho hoy en los telediarios, a esos cientos de funcionarios con puestos indefinidos que piensan dejar en la calle. Una manera estupenda de abaratar más los despidos de forma ‘legal’.
Eso sí, el Gobierno no cierra sus puertas a aportaciones y sugerencias de agentes sociales, patronal y sindicatos… ¿Servirá para algo o será que les gusta tomar el café juntos?
Dejando las ironías de lado (por no llorar), centrémonos en las cifras que Ferre ha sido tan amable de explicar. Si la indemnización por despido se corresponde a un salario anual superior a 20.000 euros, los niveles de tributación van aumentando. Para los sueldos anuales entre 12.000 y 20.000 euros con indemnizaciones de entre 1.100 y 1.833 euros por año trabajado, la exención será del 100% a partir de 2015.
Si el salario anual es o supera los 30.000 euros anuales con indemnizaciones de 2.750 euros por año trabajado, la exención se establece para el 72,72% de la indemnización. En el caso de un salario anual de 150.000 euros con una indemnización por despido improcedente de 13.750 euros por año trabajado, la exención queda reducida al 14,5% del total de lo percibido por el despido.
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