Seguimos desgranando la reforma fiscal, que da para mucho. Comenzamos, en esta ocasión con los colectivos de despedidos afectados. Os interesa, seguid leyendo aunque os pueda parecer algo extenso.
Colectivos de despedidos afectados
La indemnización por despido se verá gravada y, por tanto, recortada a partir de un salario de 1.300 euros brutos mensuales en 14 pagas, si el despedido es de un trabajador con contrato indefinido ordinario (45 días de indemnización), con un antigüedad en la empresa de 7 años; que, según la EPA de Flujos, es la antigüedad media de los asalariados indefinidos despedidos.
Para este colectivo, el porcentaje de la indemnización que se gravaría con el cambio introducido va desde el 14% para quien gana 1.500 euros mensuales hasta el 67,7% para 4.000 euros mensuales brutos.
Si, también con siete años de antigüedad, el despedido tiene un contrato indefinido de fomento (33 días de indemnización), el recorte de la nueva medida empieza operar a partir de los 1.500 euros brutos mensuales en 14 pagas. El porcentaje de la indemnización gravado es del 13,4% cuando se ganan 1.800 euros al mes; 22,1% con un salario de 2.000 y 61% con un sueldo de 4.000 euros mensuales.
A partir del decil salarial de la EPA se puede estimar que, entre el 65% y el 75% de los asalariados indefinidos a jornada completa, verían recortada su indemnización si fueran despedidos como resultado de los cambios fiscales introducidos.
Aumento pírrico de la recaudación inducido por la medida
En conclusión, aunque el aumento de la recaudación sería pequeño, en la mayoría de los casos se grava de manera adicional sobre la situación actual a las personas en situación más débil justo cuando pierden su trabajo. Según las estimaciones del propio Gobierno en el Proyecto de PGE para 2014, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas estima que el total de la exención de la indemnización por despido supone un beneficio fiscal de 274 millones de euros.
Una fiscalización parcial como la que se propone provocaría un incremento de la recaudación por debajo de esa estimación.
Tratamiento foral de la indemnización por despido
El anteproyecto de ley del IRPF afecta exclusivamente a las comunidades y ciudades autónomas de régimen fiscal común. En los territorios forales de Navarra y el País Vasco, con sistema fiscal propio, la indemnización por despido improcedente sólo tributa si se sitúa por encima de los 180.000 euros.
Tratamiento fiscal actual en el IRPF de la indemnización por despido
Foto | No man’s land