El Ejecutivo comunitario ha ordenado a nuestro país que recupere las ayudas fiscales que otorgó a algunas empresas españolas para que pudieran entrar en el accionariado de empresas extranjeras, al considerar estas deducciones como incompatibles con el derecho comunitario.
El comunicado emitido por la Comisión Europea no detalla ni la cuantía económica que debe recuperar el Gobierno español ni las empresas que se verán afectadas por la decisión de Bruselas.
Ya en 2011, la Comisión Europea hablaba, entre otras empresas, del Santander, Telefónica e Iberdrola, como alguna de las compañías españolas que habían sido beneficiadas con estas deducciones fiscales e incluso en 2007, algunos eurodiputados tenían dudas sobre la compra de participaciones en empresas extranjeras realizadas por Cintra, Abertis, Sacyr, Iberdrola y Telefónica.
El anterior comisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, aseguró hace tiempo que estas deducciones eran incompatibles con la normativa europea, puesto que suponían una ventaja económica sobre sus competidores que compraran acciones de empresas nacionales.
Ante esto, la Comisión Europea ordenó en 2009 y 2011 a España que eliminara del Impuesto de Sociedades la disposición que permitía a las empresas amortizar en 20 años la compra de acciones en otros países, algo a lo que nuestro país respondió no aceptando nuevas deducciones, pero sin derogar la normativa del Impuesto, lo que ha permitido que en algunos casos el Ejecutivo comunitario concediera una moratoria temporal.
España, para terminar de incumplir los requerimientos comunitarios, estableció en 2012 un nuevo criterio de interpretación de la norma, que permitía que las deducciones fiscales ahora ilegales se pudieran aplicar, no solo a las compras directas de participaciones de otras empresas extranjeras, sino también a las adquisiciones de carácter indirecto.
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