De hecho, en España el número de procesos de rechazo de herencias se ha duplicado desde el comienzo de la crisis. Solo el año pasado se dieron 23.228 casos, incluyendo en esta cifra renuncias parciales y totales.
Por ley, todo heredero que acepte la herencia carga con toda posible deuda que ella conlleve así como los impuestos a afrontar: sucesiones y, en algunos casos, la plusvalía (incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana).
Según fuentes del Colegio Notarial, ahora “ni los herederos tienen una situación económica buena para poder afrontar las deudas del fallecido, ni las herencias están compuestas sólo de bienes”.
En los casos en los que se renuncia parcialmente a una herencia –solo uno de los beneficiarios renuncia- son el resto de herederos los que han de hacerse cargo de la herencia y sus consecuencias… a no ser que el testamento indique otra cosa. En el caso de que todos los beneficiarios rechacen la herencia, ésta pasaría a las sucesivas líneas de herederos y si todos la rechazan la herencia quedaría en manos del Estado o de la correspondiente comunidad autónoma.
Imagen: pragma-advocats