El Ejecutivo español ha ampliado el plazo que tienen los ayuntamientos con problemas económicos para acogerse a las medidas extraordinarias de apoyo.
La medida, aprobada en el Consejo de Ministros del pasado viernes, pretende que las corporaciones locales que en su momento no se acogieron al Real Decreto que se publicó para el mismo objetivo, dispongan de un mes más para hacerlo, desde que entré en vigor el acuerdo aprobado hoy por el Gobierno.
La intención es que los ayuntamientos puedan afrontar sus obligaciones económicas, financieras y fiscales.
Las corporaciones que quieran acogerse a estas medidas deben haber podido ahorrar durante dos años, disponer de tesorería para para situaciones de déficit en los dos últimos ejercicios, así como deudas con instituciones públicas que deban ser compensadas con los ingresos que reciben del Estado y cuya cuantía sea superior al 30% de sus ingresos no financieros.
Otra de las situaciones ante la que los ayuntamientos pueden acogerse al decreto aprobado por el Ejecutivo es la existencia de una deuda superior a un millón de euros con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores y no hayan podido pagar las cuotas trimestrales de esos préstamos.
Fuentes del Gobierno han afirmado que “la finalidad de la ampliación del plazo es facilitar la mayor incorporación posible de municipios a las medidas extraordinarias eliminando obstáculos que no deberían afectar al logro de la estabilidad y del reequilibrio de aquellas entidades”., situación que se ha dado en algunas corporaciones locales que han tenido problemas de gobernabilidad.
Para evitar esta situación, la Junta de Gobierno de cada ayuntamiento podrá decidir acogerse a estas ayudas, siempre que en el Pleno municipal no se apruebe en primera votación, informando de esa decisión en la siguiente reunión del mismo.