Se trata del salario mínimo legal establecido por ley, respecto a la jornada legal de trabajo, para cualquier tipo de trabajador con contrato por cuenta ajena, ya se trate de trabajadores con contrato indefinido, o temporal. El salario mínimo se actualiza anualmente por medio de decreto real. En esta actualización, suelen tomarse en cuenta las variaciones del IPC, la renta nacional y también ciertos acuerdos sociales básicos con sindicatos y asociaciones patronales; aunque ninguno de estos factores son vinculantes; sino que se trata de ciertas condiciones que se consideran razonables en términos técnicos y políticos. Además el reajuste del SMI, usualmente sirve como una medida social para los reajustes salariales en general; aunque nuevamente, esto es más bien un acuerdo social no vinculante.
En España el salario mínimo puede calcularse también por día y hora, dependiendo del tipo de trabajo. Para el año 2012 rige un SMI de 641,40€ al mes ó 21,38€ por día. El SMI mensual se calcula en 14 pagas. Además se permite que por tipo de actividad o ámbito territorial, se acuerden otros salarios mínimos, de aplicación específica; aunque éstos, sólo pueden fijar un mínimo por sobre el mínimo nacional, es decir, sólo pueden ser más altos y nunca más bajos que el SMI. Por tal razón, en algunas ocasiones se habla de salario mínimo profesional, para este tipo de regulaciones específicas, a diferencia del salario interprofesional.
El salario mínimo es una de las regulaciones sociales que pretende proteger a los trabajadores y a la calidad del trabajo; en cualquier caso hay muchos países que no cuentan con un salario mínimo. En España, desde su creación hace algo más de 40 años, el SMI nunca se había congelado hasta el presente año. Además se trata de uno de los SMI más bajos de Europa, aun cuando a partir del año 2002 obtuvo un incremento acumulado de casi el 30%.