El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la decisión que aprobó en 2012 la Generalitat de Cataluña de cobrar un euro por receta médica.
La decisión pone punto final a la suspensión cautelar de la propuesta catalana, adoptada por el Tribunal Constitucional a principios del año pasado, y que en un proceso similar suspendió también una medida en los mismos términos, adoptada por la Comunidad de Madrid.
Los establecimientos farmacéuticos catalanes llevaban desde ese momento sin cobrar el euro por receta, tras la recepción, por parte de la Generalitat de Cataluña, que ya había recaudado 45,7 millones de euros, de la decisión del Tribunal Constitucional de suspender la aplicación de la norma hasta la toma de una decisión definitiva.
La inconstitucionalidad del euro por receta solo procede en el caso catalán, ya que se espera una decisión similar para el recurso judicial presentado en el caso de la normativa autonómica madrileña.
Ya en abril del año pasado, el Tribunal Constitucional entró en la polémica del euro por receta tras presentar el Gobierno español un recurso de inconstitucionalidad al nuevo impuesto que pretendían cobrar las autoridades madrileñas, un asunto que dos semanas antes ya habían aprobado los responsables políticos catalanes.
El ejecutivo central consideró, en el caso catalán, que debía impugnar dos tasas creadas por la Generalitat, la del euro por receta y la tasa judicial por prestación de servicios en la administración de justicia.
El Gobierno del Partido Popular afirmaba en su recurso que los acuerdos de la Generalitat catalana contravenían normativas del Estado, ya que permitía a Cataluña tener una legislación propia sobre el precio de los productos farmacéuticos y sanidad.
También el Consejo de Estado elaboró un dictamen a este respecto, en el que señalaba que “las CC.AA. no pueden incidir, ni directa ni indirectamente, en la fijación de los precios de los medicamentos que son objeto de financiación pública”.
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