Continuamos hoy nuestra serie de posts para facilitaros la realización de la declaración de la Renta. Hoy hablaremos sobre el borrador de la Renta.
El borrador de la Renta es un documento-propuesta en el que la Agencia Tributaria calcula nuestra declaración del IRPF. Para redactarlo se basa en la información que recibe de nosotros a través de terceros, siendo los más habituales el Catastro, enviando información sobre inmuebles de nuestra propiedad, organismos públicos comunicando las subvenciones y las ayudas que hemos recibido en el ejercicio fiscal, las entidades bancarias informando sobre nuestras hipotecas, pensiones y cuentas bancarias y nuestra empresa, de la cual cobramos un sueldo y hace llegar a la Seguridad Social el importe de nuestras cotizaciones.
En principio, el borrador de la Renta no debería tener errores, pero eso no siempre es así. La Agencia Tributaria no siempre recibe información sobre nuestros datos con el tiempo suficiente para poder incluirla en nuestro borrador de la Renta. Además de esto, hay otra serie de datos, de carácter personal, como la adopción o el nacimiento de hijos, el cambio de estado civil, que afectan a las deducciones de la declaración y que solo podemos informar nosotros mismos.
Se da el caso, incluso, de que el pago de cuotas sindicales es un dato que por ley no puede estar en conocimiento de la Agencia Tributaria, por lo que tendremos que ser nosotros quienes comuniquemos esos gastos para que el borrador de la Renta sea lo más exacto posible.
Para que los errores sean los menos posibles, el borrador de la Renta se acompaña de los datos sobre los que se ha basado su redacción, de tal manera que cuando lo observamos podemos darnos cuenta fácilmente de donde está el error y como subsanarlo posteriormente.
Foto | Flickr
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