Los afectados por las participaciones preferentes de Bankia que en su momento optaron por iniciar un proceso judicial y que ahora han aceptado las condiciones del arbitraje, no pagarán costas procesales si deciden desistir del litigio.
Hace unos días, el bufete V Abogados preguntó a Bankia que iba a ocurrir con los preferentitas que se habían acogido al arbitraje, si previamente habían iniciado un procedimiento en los Tribunales.
El despacho de abogados consideraba que si los preferentitas desistían de proceso y eran condenados al pago de las costas judiciales, “supondría un quebranto económico para estos clientes, que ya han sufrido grandes daños y una importantísima pérdida de sus ahorros mediante el canje obligatorio por acciones de la entidad“.
En respuesta a esta carta, Alfredo Meneses, director del Área de Asesoría Jurídica Procesal y Activos Inmobiliarios en la entidad financiera, afirmaba que Bankia se avendría a los desistimientos que se derivaran de tomar la opción del arbitraje, siempre que el juez estuviera de acuerdo, ya que “siendo la intención de Bankia la de favorecer e impulsar esta vía de resolución, el desistimiento de la vía judicial a favor del procedimiento de arbitraje no conllevaría la condena en costas para el reclamante afectado”.
Bankia ha incorporado esta información a su página web, en la que se destaca que al aceptar el convenio arbitral se renuncia, por parte del cliente de Bankia, a cualquier procedimiento judicial y se desiste del que ya se hubiere iniciado.
Bankia reitera que “en relación con las costas derivadas del procedimiento judicial que ha de ser objeto del desistimiento si el cliente decide finalmente acogerse al arbitraje y firmar el convenio arbitral, es intención de Bankia prestar su consentimiento al mismo”.